SENTENCIA HISTÓRICA A FAVOR DEL MOVIMIENTO CIUDADANO EN DEFENSA DEL SISTEMA FUENTE-CHARCA-HUERTA DE PEGALAJAR.

01/07/2007 Nota informativa de la Asociación Vecinal "Fuente de la Reja" de Pegalajar, relativa a la Sentencia nº 295/2007 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

La Asociación Vecinal Fuente de la Reja de Pegalajar, constituida en 1992 a raíz de la declaración de sobreexplotación del Acuífero de Pegalajar-Mancha Real y como consecuencia del proceso de degradación que dicha sobreexplotación estaba ocasionando a un patrimonio histórico-ambiental constituido por el sistema Fuente-Charca-Huerta de Pegalajar, interpuso en Junio de 2001, Recurso Contencioso-Administrativo contra la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir ante la manifiesta inactividad e incumplimiento de la Ley y Reglamento de Aguas por dicho organismo.

En fechas recientes, Mayo de 2007, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada ha dictado Sentencia estimando el Recurso interpuesto por la Asociación, declarando que la Administración demandada ha incumplido las actuaciones preceptivas exigibles en los artículos 56 y 87.2 de la ley de Aguas tras la declaración de la sobreexplotación del Acuífero, reconociendo con ello el derecho de la Asociación y la obligación de la CHG a que elaborar el Plan de Ordenación de Extracciones para la recuperación del acuífero y constituir la Comunidad de Usuarios del mismo.

El significado de la sentencia dictada por el TSJA implica, en primer lugar, el reconocimiento de la legitimidad que la Asociación tiene para reclamar una actuación a la Administración, cuya inactividad está afectando a intereses ambientales y culturales, reconocimiento que no ha tenido una plasmación normativa hasta la entrada en vigor de la Ley 27/2006 de 18 de julio, reguladora de los derechos de acceso a la información, participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. Ello quiere decir que la Asociación Vecinal ha tenido una actuación adelantada en el tiempo.

En segundo lugar, la sentencia pone de manifiesto la responsabilidad de la Administración Pública en el proceso de deterioro ambiental e histórico del entorno de Pegalajar, como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones que tenía contraídas desde la declaración de sobreexplotación del Acuífero; incumplimiento del que se deriva una responsabilidad directa en el deterioro de importantes valores ambientales, sociales, culturales y emocionales, cuya pérdida afecta muy directamente a los vecinos de Pegalajar, con una muy significativa alteración de su calidad de vida y, en consecuencia, la obligación de proceder a su restauración. La Asociación Vecinal "Fuente de la Reja" se compromete a continuar con su actuación ante la Administración Pública y los Tribunales, ahora con el objetivo de restaurar un entorno ambiental e histórico cuya degradación y deterioro ha sido amparado por una negligente u omisiva actuación de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

La Asociación Vecinal se felicita por esta Sentencia, toda vez que supone un avance importante en el incesante trabajo que este colectivo viene realizando por conseguir soluciones para recuperar el agua para el conjunto del sistema de la Fuente, la Charca y la Huerta de Pegalajar inscritas en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien Cultural.

Consideramos, también que esta Sentencia supone un ejemplo para el movimiento social de la Nueva Cultura del Agua que trabaja en diferentes lugares de Andalucía por recuperar acuíferos, ríos y manantiales en el marco de la Directiva Marco Europea del Agua.

Por ello, la Asociación Vecinal pone a disposición de todos los colectivos comprometidos en la solución de problemáticas similares relacionadas con el uso y la gestión del agua la información y documentación disponible.

Sentencia (archivo pdf, 1,3 MB)

 

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