SENTENCIA
HISTÓRICA A FAVOR DEL MOVIMIENTO CIUDADANO EN DEFENSA
DEL SISTEMA FUENTE-CHARCA-HUERTA DE PEGALAJAR.
01/07/2007 Nota
informativa de la Asociación Vecinal "Fuente
de la Reja"
de Pegalajar, relativa a la Sentencia nº 295/2007 del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía.
La Asociación
Vecinal Fuente de la Reja de Pegalajar, constituida en 1992
a raíz de la declaración de
sobreexplotación del Acuífero de Pegalajar-Mancha
Real y como consecuencia del proceso de degradación que
dicha sobreexplotación estaba ocasionando a un patrimonio
histórico-ambiental constituido por el sistema Fuente-Charca-Huerta
de Pegalajar, interpuso en Junio de 2001, Recurso Contencioso-Administrativo
contra la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir
ante la manifiesta inactividad e incumplimiento de la Ley y Reglamento
de Aguas por dicho organismo. En fechas recientes, Mayo de 2007, la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada
ha dictado Sentencia estimando el Recurso interpuesto por la
Asociación, declarando que la Administración demandada
ha incumplido las actuaciones preceptivas exigibles en los artículos
56 y 87.2 de la ley de Aguas tras la declaración de la
sobreexplotación del Acuífero, reconociendo con
ello el derecho de la Asociación y la obligación
de la CHG a que elaborar el Plan de Ordenación de Extracciones
para la recuperación del acuífero y constituir
la Comunidad de Usuarios del mismo.
El significado de la sentencia dictada por el TSJA implica,
en primer lugar, el reconocimiento de la legitimidad que la Asociación
tiene para reclamar una actuación a la Administración,
cuya inactividad está afectando a intereses ambientales
y culturales, reconocimiento que no ha tenido una plasmación
normativa hasta la entrada en vigor de la Ley 27/2006
de 18 de julio, reguladora de los derechos de acceso
a la información, participación pública
y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. Ello
quiere decir que la Asociación Vecinal ha tenido una actuación
adelantada en el tiempo.
En segundo lugar, la sentencia pone de manifiesto la responsabilidad
de la Administración Pública en el proceso de deterioro
ambiental e histórico del entorno de Pegalajar, como consecuencia
del incumplimiento de las obligaciones que tenía contraídas
desde la declaración de sobreexplotación del Acuífero;
incumplimiento del que se deriva una responsabilidad directa
en el deterioro de importantes valores ambientales, sociales,
culturales y emocionales, cuya pérdida afecta muy directamente
a los vecinos de Pegalajar, con una muy significativa alteración
de su calidad de vida y, en consecuencia, la obligación
de proceder a su restauración. La Asociación Vecinal "Fuente
de la Reja" se compromete a continuar con su actuación
ante la Administración Pública y los Tribunales,
ahora con el objetivo de restaurar un entorno ambiental e histórico
cuya degradación y deterioro ha sido amparado por una
negligente u omisiva actuación de la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir.
La Asociación Vecinal se felicita por esta Sentencia,
toda vez que supone un avance importante en el incesante trabajo
que este colectivo viene realizando por conseguir soluciones
para recuperar el agua para el conjunto del sistema de la Fuente,
la Charca y la Huerta de Pegalajar inscritas en el Catálogo
General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien Cultural.
Consideramos, también que esta Sentencia supone un ejemplo
para el movimiento social de la Nueva Cultura del Agua que trabaja
en diferentes lugares de Andalucía por recuperar acuíferos,
ríos y manantiales en el marco de la Directiva Marco Europea
del Agua.
Por ello, la Asociación Vecinal pone a disposición
de todos los colectivos comprometidos en la solución de
problemáticas similares relacionadas con el uso y la gestión
del agua la información y documentación disponible.
Sentencia (archivo pdf, 1,3
MB)
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