La
reforma de la LOUA es insuficiente: Los convenios continúan
siendo una fuente de ingresos para los ayuntamientos.
04
septiembre 2007 . Comunicado de ADTA
En
noviembre de 2005 fue aprobada la Ley 13/2005, de 11 de noviembre,
de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo, que modifica
en su artículo 24 apartado 3, el artículo 30 de
la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística
de Andalucía, que restringía la percepción
de cantidades a cuenta por convenios urbanísticos.
El Ayuntamiento de Palomares del Río (Sevilla) aprobó unas
semanas después (30/12/2005) de la entrada en vigor de
dicha norma, una Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la
realización de Actividades Urbanísticas y varios
meses después (23/03/2006) aprobó un Convenio Urbanístico
(cuyas determinaciones han sido incluidas en la Aprobación
Inicial del PGOU ; es el que afecta a los terrenos protegidos
de "La Cornisa Este del Aljarafe"), con varias empresas.
Según hemos podido saber recientemente, el ayuntamiento
recibió de dichas empresas en concepto de “Tasas Urbanísticas” y
en varios pagos (31/12/2005 y 31/07/2006), cantidades por un
importe total superior a los 3.200.000 euros. Y se los ha gastado.
La percepción de dichas cantidades NO obedece a ninguna
obra de urbanización, siendo el único negocio de
dichas empresas con el Ayuntamiento de Palomares el citado Convenio.
Por ello, el cobro, presuntamente indebido, de dichas tasas es
también presuntamente un cobro a cuenta por el convenio
suscrito .
La eficacia de la reforma de la ley es por tanto muy discutible
en ese apartado y podría ser la explicación a que
se hayan seguido firmando convenios sin ninguna protesta.
Estos hechos han sido puestos en conocimiento de la Dirección
General de Inspección de Ordenación del Territorio,
Urbanismo y Vivienda, de la Consejería de Obras Públicas
y Transportes de la Junta de Andalucía.
ADTA
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