La reforma de la LOUA es insuficiente: Los convenios continúan siendo una fuente de ingresos para los ayuntamientos.

04 septiembre 2007 . Comunicado de ADTA

En noviembre de 2005 fue aprobada la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo, que modifica en su artículo 24 apartado 3, el artículo 30 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, que restringía la percepción de cantidades a cuenta por convenios urbanísticos.

El Ayuntamiento de Palomares del Río (Sevilla) aprobó unas semanas después (30/12/2005) de la entrada en vigor de dicha norma, una Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la realización de Actividades Urbanísticas y varios meses después (23/03/2006) aprobó un Convenio Urbanístico (cuyas determinaciones han sido incluidas en la Aprobación Inicial del PGOU ; es el que afecta a los terrenos protegidos de "La Cornisa Este del Aljarafe"), con varias empresas.

Según hemos podido saber recientemente, el ayuntamiento recibió de dichas empresas en concepto de “Tasas Urbanísticas” y en varios pagos (31/12/2005 y 31/07/2006), cantidades por un importe total superior a los 3.200.000 euros. Y se los ha gastado.

La percepción de dichas cantidades NO obedece a ninguna obra de urbanización, siendo el único negocio de dichas empresas con el Ayuntamiento de Palomares el citado Convenio. Por ello, el cobro, presuntamente indebido, de dichas tasas es también presuntamente un cobro a cuenta por el convenio suscrito .

La eficacia de la reforma de la ley es por tanto muy discutible en ese apartado y podría ser la explicación a que se hayan seguido firmando convenios sin ninguna protesta.

Estos hechos han sido puestos en conocimiento de la Dirección General de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda, de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía.

ADTA