Adta
presenta alegaciones al PGOU provisional de Bormujos.
29/09/2011
ADTA.
Adta
ha presentado alegaciones al PGOU de Bormujos aprobado provisionalmente
por el Pleno del Ayuntamiento el 7 de julio de 2011, cuya exposición
al público ha terminado ahora.
Un enorme crecimiento injustificado.
El PGOU plantea un
enorme crecimiento. La suma del suelo no consolidado y urbanizable
aumentaría dos terceras partes (más del 66%) la
superficie del suelo ocupado en Bormujos como espacio urbano consolidado.
En
la propuesta del PGOU, el suelo no consolidado y urbanizable (en
colores oscuros) , supone dos tercios de la superficie del actual
suelo urbano.
.
El PGOU no contiene ningún estudio de las necesidades reales
de viviendas de la población actual de Bormujos (y no de
otros municipios), ni incluye ningún estudio de necesidades
y compromisos reales de suelo productivo, imprescindibles y preceptivos
para justificar el crecimiento propuesto, de acuerdo con las normas.
El PGOU clasifica Suelo Urbanizable para 4.300 viviendas, que
se suman a las 260 del suelo urbano no consolidado, 418 del suelo
urbano y las que surjan como consecuencia de la mayor compactación
del suelo urbano por la sustitución por viviendas plurifamiliares
(el PGOU no las cuantifica) . Además, clasifica Suelo Urbanizable
No Sectorizado para otras casi 3.000 viviendas . Es decir, unas
7.500 viviendas en total.
Dicho de otra forma,
el PGOU en realidad prevé un crecimiento del 88% de población
que se reduce al 54% sin el Suelo Urbanizable No Sectorizado y
al 32% sin el Área de Oportunidad residencial . Todo ello
sin justificar en absoluto.
Un Modelo de Movilidad insostenible.
El Estudio de Movilidad
se pronuncia expresamente en favor de un modelo de transporte
basado en el Documento de Objetivos del POTAUS del año
2000, que no contemplaba el impulso de otras formas de transporte
y movilidad diferentes al automóvil privado, modelo del
que desistió la Junta de Andalucía en el Plan de
Transporte (2006) y el Plan de Ordenación del Territorio
de la Aglomeración Urbana de Sevilla (2009) que ya sí
optan por impulsar el transporte público y la movilidad
no motorizada.
Muy especialmente el
Estudio de Movilidad establece artificiosamente la necesidad del
denominado “Arco Oeste”, del que desistió la
Junta de Andalucía en el Plan de Transporte y en el Plan
de Ordenación del Territorio de la Aglomeración
Urbana de Sevilla que se decantaron en favor del denominado “Vial
Metropolitano” por el que también discurrirá
el tranvía. Para intentar justificar el "Arco Oeste",
el PGOU sigue una argumentación muy sesgada.
Al hacer un clic sobre la imagen,
con Google Earth instalado, se puede ver el viario oeste propuesto
y las alternativas existentes.
El "Arco Oeste"
NO se basa en necesidades de transporte, sino que se basa en un
modelo de crecimiento urbano expansivo y orientado hacia el crecimiento
futuro, en lugar de dejar una ciudad terminada. Una vez más
nos encontramos con el subterfugio de presuponer un crecimiento
continuo e ilimitado de los desplazamientos en vehículo
privado motorizado como justificación para la construcción
de más y más infraestructuras viarias para "evitar
saturaciones". Resultando después que si se construyen
estas (costosas e impactantes) infraestructuras se utilizan como
"argumento urbanizador" a ambos lados; con lo que termina
ocurriendo que son las infraestructuras viarias las que determinan
el desarrollo urbanístico en vez de ser este el determinante
de aquellas.
Para articular la movilidad
es más coherente, accesible y económico, un trazado
más interior a dichas actuaciones y no periférico
como el trazado propuesto.
En amarillo el trazado propuesto.
En rojo bolsas de suelo no urbanizable. La conexión con
el viario metropolitano al sur, debe hacerse en el término
de Mairena. En verde, posibles trazados más interiores,
hacia el este. Uno de ellos ya está terminado en más
de la mitad.
El Suelo Urbanizable No Sectorizado
forma parte del Modelo de Ciudad orientado a futuros crecimientos.
El PGOU clasifica como
Urbanizable No Sectorizado una importante cantidad de suelo, 70
hectáreas, casi el 30% de todo el suelo urbanizable, que
no cumple los requisitos legales para ello. Este tipo de suelo
ha sido excluído por la Junta de Andalucía a los
efectos de la justificación del crecimiento en suelo y
población. Vemos una vez más, como las "flexibilidades"
aplicadas por la Junta se usan de forma espuria para alterar las
cifras de crecimiento y clasificar más suelo del permitido
por las normas.
Pero además,
el Suelo Urbanizable No Sectorizado, se imbrica y articula con
el resto de Suelo Urbanizable, resultando pieza esencial para
el Modelo de Ciudad, Modelo que sin esa pieza está incompleto,
inconcluso. Incluso el Sistema General Viario “Arco Oeste”
(Memoria Pág.42), es más exterior y rodea por el
Oeste el Suelo Urbanizable No Sectorizado. Dicho de otro modo,
la estructura del Suelo Urbanizable plantea un crecimiento que
para no superar los límites legales, se clasifica en gran
medida dentro de la clase de Suelo No Sectorizado. Dicho de otro
modo, el Modelo de Ciudad se orienta hacia el crecimiento futuro,
en lugar de plantear una ciudad terminada. En los planos adjuntos,
podemos ver una comparativa de las propuestas del PGOU, con el
Suelo Urbanizable No Sectorizado señalado en rojo a la
derecha.
La escasez y desorden de los
Sistemas Generales y Locales y el incumplimiento de los criterios
del POTAUS respecto a las Áreas de Oportunidad..
El PGOU contabiliza
como Espacios Libres, suelos que están en uso como Equipamientos
como es el caso del “PU-1 Parque Norte” (junto al
Factory) que se usa como recinto ferial y en mayor medida como
aparcamiento del Factory cedido por 75 años.
Pero sobre todo, el
PGOU plantea, sin ninguna justificación, unos Sistemas
Generales escasos y contradictorios con las exigencias del POTAUS
respecto a las Áreas de Oportunidad. No plantea los necesarios
"usos estratégicos e innovadores, y altos niveles
dotacionales", ni los "...altos niveles dotacionales...unos
altos niveles de servicios y dotaciones, actuando como experiencias
demostrativas del modelo de ciudad compacta y diversa". Y
respecto al exigido "modelo urbano destacado"
no se aparta del modelo de oferta indiferenciada de suelo expresamente
rechazado por el POTAUS para las Áreas de Oportunidad que
dice "no puede responder tan solo a la necesidad de ofertar
suelo para actividades estratégicas, sino que deben destacarse,
para ensayar nuevos modelos urbanos acordes con un desarrollo
metropolitano ordenado y sostenible".
El
cambio de trazado de la Cañada Real de las Islas, las afecciones
al Sistema Hidrológico, a las vías pecuarias, a
los caminos rurales y al paisaje.
El PGOU propone un cambio de trazado de la Cañada Real
de las Islas, que está injustificado, dificulta la restauración
del arroyo Riopudio, dificulta la conservación de la vía
pecuaria y es contrario a los intereses generales en la zona (ver
Enlace
en esta misma web).
El Estudio de Inundabilidad
que acompaña al documento provisional de PGOU ha prescindido
de la información, que estaba en el documento inicial,
respecto a la inundabilidad del período de recurrencia
inferior a 500 años, en el arroyo Riopudio y en El Sequillo
hasta la carretera A-474 incluso ese período .
Por otra parte el PGOU,
no hace un análisis integral de las cuencas de los arroyos
incluidos en el término de Bormujos , desde la consideración
de las funciones ecológicas, sociales, culturales y territoriales,
y la necesidad de establecer la protección de esos espacios
fluviales. Tampoco establece medidas para corregir el aumento
de las escorrentías por efecto del sellado del suelo.
Respecto al Sequillo
se incumple la determinación de POTAUS de "integrar"
el arroyo en los Espacios Libres del "Parque Empresarial
El Pétalo" (más de la cuarta parte del arroyo
en la zona queda bajo el viario) y en la zona del "Campus
Universitario" se acepta, sin justificación,
un cambio de trazado prohibido en la Declaración Previa
de Impacto Medioambiental de 10 de febrero de 1998 y realizado
sin autorización hace unos años. En el plano adjunto
en azul el curso del arroyo, en negro el cambio de trazado realizado
de forma ilegal.
Al hacer
un clic sobre la imagen, con Google Earth instalado, se pueden
ver los arroyos de Bormujos.
El PGOU no preve la
protección paisajisitica del Cordel Triana-Villamanrique
en el Área de Oportunidad "TS3. Área de Servicios
Culturales y Empresariales" (situada entre el Cordel y El
Zaudín) y ocupa gran parte de los Caminos Rurales del "Molino
Colorao", del "Solano", de "Santo Domingo"
y la totalidad del de "Los Carboneros". El PGOU debería
de conservar esos caminos, integrándolos en los Espacios
Libres de las unidades de los sectores en los que se inscriben.
No olvidemos los "..altos niveles dotacionales.." que
el POTAUS asigna a las Áreas de Oportunidad.
Al hacer
un clic sobre la imagen, con Google Earth instalado, se pueden
ver las vías pecuarias y caminos rurales.
Tampoco hemos visto
ninguna actuación tendente a la mejora de las Vías
Pecuarias y los caminos rurales.
El PGOU hace un tratamiento
insuficiente, del paisaje urbano y rural afectado y debería
hacer, o cuando menos justificar porqué no lo hace, un
estudio y tratamiento del paisaje justificado, pero sobre todo
debería:
a) Reducir a cuatro
alturas (18 metros) las edificaciones previstas en el Área
de Oportunidad "R7 Residencial Arco Oeste", que preve
hasta 8 alturas. De esa forma se asimilarían las alturas
a las previstas en el Campus Universitario.Esta condición
es necesaria para preservar la invasión paisajística
tanto de la cuenca del Sequillo como la del Riopudio.
a) Protejer paisajísticamente el arroyo Riopudio y la
Cañada Real de las Islas, impidiendo la Modificación
del Trazado.
b) Proteger paisajísticamente el arroyo El Sequillo integrandolo
en el Sistema General de Espacios Libres en el "Parque
Empresarial El Pétalo", conservando su trazado y
naturalizando su cauce.
c) Proteger paisajísticamente el arroyo El Sequillo en
la zona del Campus Universitario, integrandolo en el Sistema
General de Espacios Libres, conservando su trazado antes de
la modificación ilegal realizada y naturalizando su cauce,
de acuerdo con las condiciones de la Declaración Previa
de Impacto Medioambiental de 10 de febrero de 1998.
c) Establecer determinaciones para la protección del
arroyo Almargem en el suelo urbanizable no sectorizado, estableciendo
la condición de su integración en los Sistemas
Generales de Espacios Libres.
d) Proteger paisajísticamente el Cordel Triana-Villamanrique
en el Área de Oportunidad “TS3. Área de
Servicios Culturales y Empresariales”, estableciendo un
Sistema General de Espacio Libre de suficiente amplitud adosado
a la vía pecuaria.
e) Conservar el trazado y espacio de los Caminos Rurales en
los sectores urbanizables, integrándolos en los Espacios
Libres.
e) Abordar el tratamiento paisajístico de las zonas adyacentes
a las vías metropolitanas, especialmente la A-49.
La ausencia
de estudios y determinaciones sobre el paisaje, y en general de
justificación de las propuestas del PGOU respecto al mismo
y respecto a las necesidades reales de la población, es
tanto más grave en cuanto que los suelos ocupados están
protegidos ("Espacios Agrarios de Interés"
en el POTAUS) y el PGOU ni se plantea justificar su ocupación
en relación con los valores protegidos. Además,
al no tomar medidas adecuadas, como hemos visto en el punto anterior,
las propuestas tendrían un fuerte impacto sobre el paisaje
urbano y rural.
Las cifras económicas
del PGOU.
Las cifras económicas
del PGOU, son sumamente deficientes, pero no obstante, revelan
que la participación de la comunidad en las plusvalías
generadas, que exige la constitución y la ley, es sumamente
escasa y el PGOU será una carga para las arcas públicas.
También revela la verdadera naturaleza de los motivos que
subyacen en este PGOU.
En base a una simple
simulación podemos afirmar que en el caso más desfavorable,
las plusvalías obtenidas podría estar en el orden
de los 300 millones de euros. La comunidad recibiría el
10% de los aprovechamientos netos (32 M€ según el
PGOU), pero también deberá afrontar cuantiosas inversiones
públicas necesarias para la realización de las dotaciones
que el PGOU carga a las administraciones públicas y no
cuantifica (colegios, equipamientos, tranvía, viarios,
etc) y sobre todo los gastos a medio.y largo plazo que suponen
los nuevos desarrollos.
La necesidad de un
modelo urbano propio.
La elaboración
del Plan General de Ordenación Urbanística de Bormujos
constituye una oportunidad inmejorable para acometer una ordenación
física del término municipal que contribuya a su
racionalidad territorial y a la mejora de la calidad de vida de
sus habitantes. Debería optarse por un modelo propio y
singular, adaptado a las condiciones de la localidad y ajeno al
modelo de desarrollo basado en el ladrillo.
Alegaciones
de ADTA:
Documento
de Alegaciones (archivo pdf, 2.7 Mb))
Anexo
1 Comentarios a las justificaciones del crecimiento (archivo
pdf, 0.18 Mb)
Anexo
2 Exceso de suelo y viviendas en Sevilla (archivo pdf, 1.6
Mb)
Anexo
3 Comentarios al Estudio de Movilidad (archivo pdf, 1 Mb))
Enlace
al Anuncio del BOP, al documento completo de PGOU, al Resumen de alegaciones de
ADTA y al borrador de alegaciones publicado el 3 de septiembre
de 2011.
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