VALENCINA
HABITABLE INSTA AL DELEGADO DE OBRAS PÚBLICAS
QUE INCLUYA 8 ARTÍCULOS QUE FALTAN DE LA NORMATIVA DE
PROTECCIÓN ARQUEOLÓGICA DE VALENCINA PUBLICADA
AYER EN EL BOJA.
2007 10 05
Valencina Habitable
Informamos que
con respecto a la publicado en el día de hoy, 4 de octubre
de 2007, en el BOJA nº 196,
páginas 28, 29 y 30, de la "Resolución
de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial
de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de
fecha 25 de enero de 2007, por la que se aprueba definitivamente
la modificación de las Normas Subsidiarias del municipio
de Valencia de la Concepción (Sevilla), sobre la normativa
de protección arqueológica (Expte. SE-814/05)"
lo siguiente :
No se
han incluido en la Normativa de Protección Arqueológica sobre
la Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio
de Valencia de la Concepción sobre la normativa de protección
arqueológica los siguientes artículos,
o parte de su contenido, que si se contemplaban en la Normativa
de Protección Arqueológica del documento de subsanación
de deficiencias que se aprobó en sesión plenaria
celebrado por el Ayuntamiento de Valencina de la Concepción
el 21.9.2006 que se remitió a
posteriori a la Delegación Provincial de Obras Públicas
en Sevilla siguiendo las indicaciones recogidas en la Resolución
de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio
y Urbanismo de Sevilla que, en su sesión de fecha 9.6.2006,
por el que se acordó suspender su aprobación
definitiva para que, de conformidad con lo especificado por
el art. 33.2.d) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística
de Andalucía, para que el Ayuntamiento procediera a
subsanar las deficiencias que se señalaban en la Resolución.
- Artículo
1 : Falta el punto 2.
- Artículo
3: Yacimientos
arqueológicos
del Término Municipal de Valencina de la Concepción.
- Artículo
4: Hallazgos casuales.
- Artículo
5: Zonificación en áreas
homogéneas y grados de cautelas aplicables.
- Artículo
7: Yacimientos
arqueológicos
radicados en suelo urbanizable y suelo no urbanizable
- Artículo
8: Régimen de usos de
los yacimientos arqueológicos radicados en suelo urbanizable
y no urbanizable.
- Artículo
10: Actividades
arqueológicas
en los yacimientos arqueológicos del término municipal
de Valencina de la Concepción.
- Artículo
13: Régimen de autorización
en áreas con protección arqueológica.
- Artículo
15: Infracciones y sanciones.
Que
en el día de ayer se presentó por el Registro
General del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción
escrito dirigido al Sr. Alcalde comunicando los hechos y solicitándole
una reunión urgente, pues la
no aparición de los artículos mencionados dejan
vacío de contenido y al libre albedrío la interpretación
que se quiera llevar a cabo en materia de protección arqueológica.
Que
mientras esperábamos ser recibidos por el Sr. Alcalde,
estuvimos informando de los hechos a la Concejala Delegada de
Cultura, que nos informó que tanto ella como el Concejal
Delegado de Urbanismo habían detectado el error en la
publicación de dicha Resolución en el BOJA. Tras
ello el Sr. Alcalde nos recibió de forma inmediata y le
explicamos con detalle la situación, informándonos
el Sr. Alcalde lo que la Concejala Delegada de Cultura nos había
comentado con anterioridad e indicándonos que iba a ponerse
inmediatamente en contacto con el Delegado Provincial de Obras
Públicas en Sevilla, para informarle de lo ocurrido para
que se subsanase desde esa Delegación lo antes posible
el error cometido.
Lo
más significativo es que precisamente los
artículos que no han aparecido publicados en la Resolución
publicada ayer , 4 de octubre de 2007, en
el Boja nº 196, páginas nº 28, 29 y 30, fueron
la causa de que, ya fuera por la falta de su existencia o porque
tenían que aparecer publicados corrigiendo las deficiencias
observadas, en su día dieran lugar a la Resolución
de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio
y Urbanismo de Sevilla de fecha 09/06/06 Modificación
de las Normas Subsidiarias de Valencina de la Concepción
(Sevilla), sobre Normativa de Protección Arqueológica
(Expediente: SE/814/05) por la que se suspendía
la aprobación definitiva de dicha modificación
hasta que no se subsanasen los siguientes cuestiones al que
hace regencia el apartado b) del punto Cuarto de Fundamentos
de Derecho de la Resolución de la Comisión
Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo
de Sevilla de fecha 09/06/06 (BOJA
Nº 153, páginas 36 y 37, 08/08/2006)
Que
la Resolución de fecha 09/06/06 por la que se suspendió la
aprobación definitiva de la Modificación Puntual
de las Normas de Protección Arqueológica decía
lo siguiente:
“Cuarto. El
proyecto contiene,
en líneas generales, las determinaciones propias
de su objeto y contenido, en relación con lo especificado
por la legislación urbanística. No
obstante, presenta las siguientes
deficiencias urbanísticas:
a) La presente
Modificación no tiene en consideración la
existencia del Estudio Informativo, que tiene por objeto definir
el trazado de la carretera A-8077 (antigua SE-510): "tramo
Castilleja de Guzmán a la intersección con la
N-630", actualmente en fase información pública,
y que, al tratarse de un elemento territorial, no puede ignorarse
a la hora de establecer las determinaciones de protección
objeto de este proyecto urbanístico.
b)
Deben incorporarse al presente proyecto urbanístico
las especificaciones propuestas por el Departamento de Protección
del Patrimonio Histórico de la Delegación Provincial
de la Consejería de Cultura. Ello sin perjuicio de
que el contenido del documento técnico deba ser convenientemente
ordenado, de forma que los apartados 4.1, que establece las
diferentes zonas y sus grados de cautela, y 4.2 de la Memoria,
deben integrarse en la normativa, sin que dejen de figuraren
la Memoria. En esa integración debe tenerse en cuenta,
así mismo,
el artículo 125 de las vigentes Normas Urbanísticas
en lo que trata sobre protección del patrimonio arqueológico,
para evitar indeterminación. Todo ello debidamente
coordinado con lo requerido por la Consejería de Cultura.
Quinto. Las deficiencias urbanísticas que
presenta el proyecto obligan a que, previamente a la resolución
definitiva del expediente, sean
corregidas adecuadamente por el Ayuntamiento, tal como dispone
el art. 33.2.d) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística
de Andalucía. ”
Por
todo ello, instamos a que públicamente el
Delegado Provincial de Obras Públicas en Sevilla, D.
Lucrecio, se pronuncie de forma inmediata al respecto de tal
error de bulto y que proceda del mismo modo a dar las instrucciones
oportunas para que se publique el articulado completo de la
Normativa de Protección Arqueológica de Valencina
de la Concepción, pues 15 los artículos de que
consta y no 7 como se ha publicado en el BOJA.
En
el caso de que ello no fuera así, instamos
a que el Ayuntamiento de Valencina de la Concepción
se pronuncie al respecto e interponga el correspondiente recurso
contencioso-administrativo que en derecho le asiste.
Documentos
relacionados:
El
Informe Técnico sobre la memoria “NORMATIVA
DE PROTECCIÓN ARQUEOLÓGICA” , objeto
de Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de
Valencina de la Concepción (Sevilla) de la Delegación
Provincial de Sevilla de la Consejería de Cultura de
la Junta de Andalucía, de fecha 14 de marzo de 2006 ,
al que hace referencia el apartado b) del punto Cuarto de Fundamentos
de Derecho de la Resolución de la Comisión Provincial
de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla
de fecha 09/06/06 Modificación de las Normas Subsidiarias
de Valencina de la Concepción (Sevilla), sobre Normativa
de protección Arqueológica (Expediente: SE/814/05)
Páginas 36 y 37 del BOJA nº 153,
de fecha 8 de agosto 2006 , en el que se publica la Resolución
de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio
y Urbanismo de Sevilla de fecha 09/06/06 Modificación
de las Normas Subsidiarias de Valencina de la Concepción
(Sevilla), sobre Normativa de Protección Arqueológica
(Expediente: SE/814/05) por la que se suspendía
la aprobación definitiva de dicha modificación hasta
que no se subsanaran las deficiencias recogidas punto Cuarto
de Fundamentos de Derecho de dicha Resolución. (Se lo
remitimos en dos ficheros pdf )
Documento de Subsanación de Deficiencias
aprobado en pleno celebrado por el Ayuntamiento de Valencina
de la Concepción el 21 de septiembre de 2006 ,
en el que se incluye el articulado
de la Normativa de Protección Arqueológica, que
consta de 15 artículos, corregido en base
a las a lo demandado por la Resolución de la Comisión
Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo
de Sevilla de fecha 09/06/06 Modificación de las Normas
Subsidiarias de Valencina de la Concepción (Sevilla),
sobre Normativa de Protección Arqueológica (Expediente:
SE/814/05).
Páginas 28, 29 y 30 del BOJA nº 196,
de fecha 4 de octubre de 2007 , en el que se publica
la Resolución de la Sección de Urbanismo
de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio
y Urbanismo de Sevilla de fecha 25 de enero de 2007, por la
que se aprueba definitivamente la modificación de las
Normas Subsidiarias del municipio de Valencia de la Concepción
(Sevilla), sobre la normativa de protección arqueológica
(Expte. SE-814/05). Que sólo recoge 7 artículos
de los 15 existentes (Se lo remitimos en 3 ficheros
pdf )
Documentos:
1)INFORME
TÉCNICO SOBRE LA MEMORIA 'NORMATIVA
DE PROTECCIÓN ARQUEOLÓGICA' DE 14 DE MARZO
DE 2006.
2)RESOLUCIÓN QUE SUSPENDÍA
LA APROBACIÓN DEFINITIVA DE LAS NORMAS DE PROTECCIÓN
ARQUEOLÓGICA DE VALENCINA HASTA QUE NO SE SUBSANASEN
LAS DEFICIENCIAS DETECTADAS ( BOJA 153 DE 08/08/2006).
3)RESOLUCIÓN QUE APRUEBA DEFINITIVAMNENTE LA NORMATIVA DE PROTECCIÓN
ARQUEOLÓGICA DE
VALENCINA (BOJA Nº 196 DE 04/10/2007).
4)DOCUMENTO
DE SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS DE LA NORMATIVA DE PROTECCIÓN ARQUEOLÓGICA
QUE APROBÓ EL AYUNTAMIENTO EN EL PLENO CELEBRADO EL 21/09/2006.
|