En Boja el inicio de expediente para declarar la zona arqueológica de Valencina y Castilleja de Guzmán Bien de Interés Cultural
EL BIC LA SALVAGUARDA DEL PATRIMONIO CONTRA EL DESDOBLE DEL ACTUAL TRAZADO DE LA A-8077 Y EL URBANISMO SALVAJE 10/10/2008 Nota de Prensa. Mesa Ciudadana en Defensa de los Valores Arqueológicos, Medioambientales y Paisajísticos del Aljarafe Norte
En el BOJA de hoy viernes, 10 de octubre de 2008, se publica la Resolución de 10 de septiembre de 2008, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se incoa el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Arqueológica, la zona de Valencina de la Concepción y Castilleja de Guzmán (Sevilla). En lo que respecta al término municipal de Valencina comprende, no sólo el conjunto total de la Zonificación de las Áreas Homogéneas establecidas en la Carta Arqueológica Municipal de Valencina de la Concepción, publicado por la Consejería de Cultura en el año 2004, sino que observamos que incluso se han ampliado, dentro de la resolución de la incoación del BIC, el ámbito de protección en las siguientes áreas: Los Pozos; al sur del camino de los Carboneros, entre la carretera A-8062 (Valencina-Gines) y la A-3402 (Castilleja de Guzmán-Castilleja de la Cuesta); la Hacienda Torrijos en dirección Salteras, aunque dejando en este caso como límite sur la margen norte del arroyo de Cañada Honda, cuando en la Carta Arqueológica se establece que el límite de la zonificación homogénea se sitúa en la vertiente sur de dicho arroyo.
La aprobación inicial del PGOU de Valencina llevada a cabo por el Partido Popular (PP) y el Partido Socialista Independiente de Valencina (PSIV) suponía la desaparición de más de 260 hectáreas del yacimiento arqueológico que se verían irremediablemente arrasadas. Dicho PGOU, que fue desestimado por incumplir el POTA, suponía la mayor amenaza sobre el patrimonio arqueológico jamás vista en nuestro pueblo. Ni que decir tiene que el BIC supondrá el freno al urbanismo salvaje.
Sin embargo, en el caso del término municipal de Castilleja de Guzmán se observa que, a diferencia de Valencina, no se ha incluido todo el Área Exclusiva de Necrópolis del calcolítico existente que viene detallado en el plano de localización de las estructuras funerarias que aparece como la figura nº 6 de la mencionada Carta Arqueológica, lo que supone toda una contradicción. Máxime cuando en el caso del Plan Parcial nº 4 Sector Norte Dolmen de Montelirio sólo se ha llevado a cabo la excavación arqueológica de 20.000 de los 80.000 metros cuadrados con los que cuenta. Recordamos que en dicha excavación, realizada en la parcela que linda al norte con el dolmen de Montelirio, han aparecido al menos 4 dólmenes y más de una docena de enterramientos.
Por ello, la Plataforma Ciudadana Valencina Habitable se personará en el expediente para presentar las correspondientes alegaciones al respecto de forma que el yacimiento se proteja de forma adecuada tanto en sus usos como en la extensión del ámbito territorial del mismo.
No obstante, aunque mantenemos nuestras cautelas al respecto, queremos calificar la Resolución de la incoación del BIC de la Directora General de Bienes Culturales como el primer paso para la protección efectiva de un gran patrimonio arqueológico que es de todos, esperando que llegue a buen puerto y que no tengamos que volver a vivir de nuevo un caso tan vergonzoso como el del Dolmen de Montelirio, pues sin duda ya no hay lugar a permitir “error” alguno.
Por otro lado, dada la trascendencia de esta Resolución, a lo que hay que sumar el informe emitido por la Delegación Provincial de Cultura el 13/06/2008 en el cual no informaba favorablemente el desdoble del actuial trazado de la carretera A-8077, hace impensable que la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Obras Públicas y Transportes persista en su empeño. Por lo que esperamos que de manera inmediata se manifiesten públicamente anunciando que de una vez y por todas el desdoble de la A-8077 no se hará, salvaguardando de esa manera el yacimiento arqueológico, dando así cumplimiento al compromiso adqurido por la Junta de Andalucía con los ciudadanos en octubre del 2006.
Resolución de la incoación del BIC (archivo pdf, 3,3 Mb)
Delimitación del Bic contenida en el Boja
Figura nº 6 de la localización de las estructuras funerarias de la Carta Arqueológica Municipal de Valencina.
Figura nº 15 Zonificación en Áreas Homogéneas de la Carta Arqueológica Municipal de Valencina.
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